Ya se puede cultivar huertas a 5 kilómetros de casa y obrar en edificios

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La a Xunta de Galicia acordó flexibilizar las obras en el interior de los edificios y los desplazamientos a huertas de autoconsumo, por lo cual se podrán realizar desplazamientos para el mantenimiento y atención de las fincas siempre dentro del término municipal de su residencia habitual. En caso de que la huerta esté en un ayuntamiento diferente al de su vivienda habitual, se permite el desplazamiento sin superar nunca los 5 kilómetros de distancia desde la casa.

Las personas que tengan cultivos o viñedos considerados como tales, es decir, con fines no comerciales, y por lo tanto no desarrollen una actividad profesional agraria, podrán realizar los desplazamientos mínimos e imprescindibles para el mantenimiento y atención de sus fincas siempre dentro del término municipal de su residencia habitual. En caso de que la huerta esté en un ayuntamiento diferente al de su vivienda habitual, se permite el desplazamiento sin superar nunca los 5 kilómetros de distancia desde la casa. En ambos casos, deberán aportar una declaración responsable. De esta forma, se elimina la anterior limitación, que era de 500 metros. Así, la Consellería de Medio Rural aprobará una modificación de la orden para regular este aspecto.

El vicepresidente de la Xunta, Alfonso Rueda presidió la séptima reunión del Centro de Coordinación Operativa (Cecop), donde se acordaron los criterios de interpretación que clarifican las posibilidades de actuación en obras en interior de los edificios ocupados. Esta decisión se adoptó para atender la demanda de los sectores profesionales afectados —unos 20.000 autónomos en Galicia— por la orden ministerial de 12 de abril, que recoge la prohibición de realizar obras en edificios ocupados, excepto obras puntuales de reparaciones urgentes o en las que se pueda garantizar que no se producen interferencias entre los usuarios y los residentes.

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Así, siguiendo los criterios de interpretación de la Cecop, podrán realizarse, siempre adoptando las medidas de prevención y protección de la salud establecidas, trabajos y obras puntuales que tengan como objetivo realizar reparaciones urgentes de instalaciones o averías, tanto en espacios o elementos comunes del edificio, como en los elementos privativos del mismo.

También se consideran reparaciones urgentes las obras ya iniciadas que se vieron afectadas por la paralización derivada de las medidas del estado de alarma reforzado. Es el caso de la instalación, relevo o reparación de ascensores, de obras para garantizar la accesibilidad o de la reparación o remodelación del interior de viviendas ocupadas en la que el estado actual de la intervención afecte de modo significativo a las condiciones de habitabilidad.

En el caso de las viviendas unifamiliares, podrán realizarse intervenciones siempre que se garantice que la ejecución de las obras, movimiento de obreros y transporte de materiales se realizan por espacios exteriores o por espacios interiores que serán utilizados en exclusiva por los operarios, sin interferencia con los ocupantes de las viviendas.

El Comité aprobó permitir la realización de quemas de restos agrícolas acopiados en terrenos agrícolas de explotaciones profesionales cuando dicha actuación se haga para evitar problemas fitosanitarios en las explotaciones agrícolas. Para la tramitación de las solicitudes y la obtención de la correspondiente autorización, los ciudadanos deberán dirigirse a los Servicios provinciales de Prevención de Incendios a través de correo electrónico, y deberán incluir una declaración responsable de la persona titular de la explotación que justifique la necesidad de realización de la quema.

También en relación con la prevención de los incendios forestales, en esta reunión el Comité acordó levantar la suspensión del plazo legal para cumplir con el deber de ejecución de la gestión de la biomasa en las franjas secundarias (las de los 50 metros próximos a las viviendas). Así, se añaden al plazo habitual de 31 de mayo los días transcurridos durante el estado de alarma, sin que en ningún caso puedan realizarse las limpiezas más allá de 31 de julio de 2020 inclusive.

Por último, el Comité decidió también aclarar como «funciones de carácter esencial» las desempeñadas por las entidades locales en el marco de los convenios interadministrativos para la participación en la prevención y defensa contra los incendios forestales, para garantizar así su actividad durante la emergencia sanitaria.

El Cecop también informó de los avances de cara al desarrollo de un plan de seguridad higiénico sanitaria en el ámbito turístico que contemple medidas para reforzar la confianza en esta industria una vez finalicen las restricciones impuestas por la crisis sanitaria