Una sentencia impuso a una pizarrera una indemnización por el accidente mortal de un trabajador

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El fallo judicial recoge que una valla del recinto de la nave de pizarra no tenía la resistencia suficiente para retener la carretilla elevadora en la que el operario perdió la vida

Una sentencia firme del Juzgado de lo Social Número 1 de Ourense impuso a Pizarras del Valle un recargo del 50% de todas las prestaciones de Seguridad Social derivadas del accidente de mortal sufrido por el trabajador Eulogio Álvarez Vidal, el día 2 de julio de 2019, cuando estaba prestando servicios con una carretilla elevadora, en la nave de elaboración de la empresa, en O Trigal.

El accidente mortal se produjo cuando Eulogio Álvarez Vidal, estaba conduciendo la carretilla elevadora en la nave de elaboración de pizarra. La nave disponía de 2 niveles, el nivel superior donde están todas las instalaciones de producción y zonas de acopio de material apto para la venta, y un nivel inferior donde se encontraban garajes y zonas de almacenamiento.

Junto a la puerta de entrada a la nave —recoge la sentencia— había un desnivel vertical, que estaba protegido por una valla metálica de protección de peatones, con una pendiente de unos 4 metros de caída.

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Cuando Eulogio Álvarez Vidal se disponía a salir de la nave, chocó con la valla que protegía de la caída al nivel inferior, precipitándose al vacío al no ser capaz la valla de retener la máquina —detalla el fallo judicial—. Como resultado de la caída el trabajador falleció en el acto.

A raíz del accidente, en fecha 28 de mayo de 2020, la Inspección de Trabajo, levantó acta de infracción a la empresa y propuso un recargo por falta de medidas de seguridad, en todas las prestaciones de Seguridad Social, derivadas del accidente mortal sufrido por el trabajador, dictando resolución el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en fecha 6 de octubre de 2021, que declaró la responsabilidad solidaria  de las empresas imponiéndoles un recargo del 50% de todas las prestaciones de Seguridad Social derivadas del accidente de trabajo sufrido por el citado trabajador.

Formulada reclamación previa por las empresas demandadas, fue desestimada por el INSS mediante resolución de fecha 24 de noviembre de 2021, habiendo presentada demanda estas en fecha 5 de enero de 2022. Solicitaron las empresas en su demanda, que se dejara sin efecto el recargo del 50% por falta de medidas de seguridad, en todas las prestaciones derivadas del accidente mortal del trabajador Eulogio Álvarez Vidal, siendo desestimada la demanda, considerando la citada sentencia, que el accidente se produjo porque la valla no tenía la resistencia suficiente para retener a la máquina y se trataba de un riesgo no previsto, no evaluado y porque respecto a la nave, la salida y entrada estaba mal diseñada.

La esposa e hijas del fallecido decidieron hacer público ahora la sentencia, emitida el 11 de abril de 2022, coincidiendo con el cuarto aniversario de este trágico suceso, a fin de rendir un pequeño homenaje al fallecido. «La sentencia no nos devuelve a Eulogio, pero nos ha dado paz», concluyen.