Madrid se añade a la lista de registro obligado de viajeros de Galicia

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Elimina Portugal y La Rioja y mantiene Aragón, Cataluña, Navarra y País Vasco

Madrid se añade a la lista de registro obligado de viajeros. La Consellería de Sanidade actualizó el listado de territorios de obligado registro para las personas que llegan a Galicia. La Xunta justifica esta actualización por la evolución de la situación epidemiológica tanto en distintas comunidades autónomas como en otros países.

Entre las principales novedades a nivel nacional que recoge esta lista actualizada, destaca la inclusión de Madrid, mientras que por el contrario ya no será obligatorio registrarse para los viajeros procedentes de La Rioja. Continúan en la lista Aragón, Cataluña, Navarra y País Vasco. En cuanto a los cambios internacionales, hace falta señalar la exclusión de Portugal, por lo que las personas procedentes del país vecino ya no estarán obligados a proporcionar sus datos de contacto.

Galicia es la tercera Comunidad autónoma con menor incidencia acumulada en los últimos 14 días, de acuerdo con los datos que refleja el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitaria del Ministerio de Sanidad.

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Un total de 107.412 personas inscribieron sus datos de contacto en el registro de viajeros que puso en marcha a Consellería de Sanidade el 29 de julio. De ellas, 62.446, el 58,1% del total, proceden das distintas Comunidades autónomas con comunicación obligatoria, concretamente 29.783 del País Vasco, 24.150 de Cataluña, 3.674 de Aragón, 3.011 de Navarra y 1.828 de La Rioja (esta excluída ahora del registro).

Asimismo, se registraron 449 viajeros que llegaron de países con riesgo epidemiológico más elevado. Concretamente 121 de Estados Unidos, 75 de Luxemburgo, 75 de México, 46 de Brasil, 42 de República Dominicana, 33 de Rumanía, 22 de Chile, 16 de Ecuador, 11 de Perú y 8 de Colombia.

El resto de casos corresponden a viajeiros de otros países con riesgo epidemiológico de comunidades autónomas y países que non son de declaración obrigatoria

Hace falta recordar que todos los viajeros que lleguen a Galicia, tras permanecer dentro del período de 14 días anteriores a su llegada en territorios que posean una incidencia epidemiológica 4 veces superior a la de Galicia, deberán comunicar sus datos de contacto a las autoridades sanitarias, independientemente de que sean residentes en Galicia o no. De este modo, Sanidad procura conseguir un diagnóstico más precoz de cualquier infección por el virus, protegiendo así la salud de los ciudadanos.

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Las personas que visiten Galicia, tendrán un espacio de tiempo de 24 horas, desde su llegada, para comunicar sus datos de contacto, un trámite que tendrán que realizar cada uno de los viajeros. Así, la Consellería de Sanidad publicará mañana por primera vez, en el Diario Oficial de Galicia (DOG), el listado de los territorios cuya incidencia epidemiológica requiera de este deber, pudiendo ser tanto países extranjeros como otras comunidades autónomas. En este sentido, el listado se actualizará quincenalmente, según sea la evolución epidemiológica de su respectivo territorio.

Información de contacto

Para proporcionar esta información, se podrá cubrir el formulario que estará disponible en la web https://coronavirus.sergas.gal/ o suministrar los datos llamando al teléfono 881 00 20 21. A todos los viajeros se les facilitará un contacto por si tuvieran alguno tipo de sintomatología, bien a través de su médico de cabecera si son residentes con tarjeta sanitaria en Galicia, o a través del número de teléfono anteriormente citado para aquellos que no dispongan de ella. También se les proporcionará información y recomendaciones sanitarias y podrán adoptarse las medidas de seguimiento, reconocimiento y control que se consideren necesarias. Así, por ejemplo, en el caso de personas que vengan de territorios con un riesgo más alto, independientemente de que tengan sintomatología o no, podría promoverse la realización de una prueba diagnóstica.

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La atención que se considere necesaria por los profesionales del Servicio Galego de Saúde, no tendrán coste para las personas que la precisen, incluyendo la realización de pruebas diagnósticas o, en su caso, de los tratamientos indicados.

Los establecimientos de alojamiento turístico estarán obligados a informar de esta medida a sus clientes; así como los responsables de agencias de viaje, operadores turísticos, compañías de transporte aéreo o marítimo y otros agentes similares al inicio del proceso de venta de los billetes. Asimismo deberán hacerlo las empresas, que desplacen a sus trabajadores por motivos laborales.

La medida será efectiva desde la publicación por la Consellería de Sanidad de la Orden que regula esta comunicación y el listado de territorios considerados de mayor incidencia epidemiológica.