Feijóo anuncia una normativa propia contra la COVID: «El botellón terminó»

Alberto Núñez Feijóo
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El presidente de la Xunta avanzó medidas que se incorporarán a la Lei de Saúde cuyo incumplimiento se sancionará con hasta 60.000 euros en función de la gravedad

El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, avanzó la propuesta de la reforma informe sobre la reforma de la Lei de Saúde de Galicia para contar con una legislación “específica” para gestionar y luchar contra la pandemia.

En ella se prevé una larga lista de medidas que pasan por los confinamientos por zonas, limitaciones de horarios en establecimientos, medidas en torno a la higiene y desinfección, aislamientos domiciliarios y cuarentenas de contactos directos. También poner fin a las fiestas en las calles y la prohibición de consumición de bebidas alcohólicas en la calle, entre otras. «El botellón terminó en Galicia», señaló.

Tras la reunión semanal del Gobierno gallego, Feijóo recordó que la Xunta viene defendiendo “la necesidad de adaptar la normativa sanitaria” para atajar la emergencia sanitaria sin tener que recurrir a mecanismos “con un enorme impacto reputacional” como el estado de alarma y el conocido como toque de queda.

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«Comprobado, lamentablemente, que el Gobierno central no va regular a través de ley orgánica la gestión de la pandemia en España, nosotros sí vamos regular, a través de la Lei de Saúde de Galicia, un apartado amplio para gestionar con la mayor seguridad jurídica, certeza y claridad para todas las administraciones públicas y ciudadanos gallegos”, explicó Feijóo.

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Asimismo, precisó que “lo responsable y leal es decir al Gobierno que nos estamos equivocando como Nación y como país. Cuando uno se equivoca lo que procede es rectificar”.

En esta situación, Feijóo afirmó que no procede recurrir a un estado de alarma “permanente o intermitente” como medidas de carácter excepcional, teniendo en cuenta los siete meses cumplidos ya desde la crisis sanitaria y la duración prevista de la pandemia. Además, lamentó la existencia de 19 “estados de alarma” arbitrados por las comunidades autónomas en función de la situación sanitaria.

La propuesta de modificación de la Lei de Saúde gallega se pone en marcha con el objetivo de subsanar carencias como la necesidad de mayor concreción en las medidas, la regulación de los requisitos exigibles para su adopción por las autoridades, la urgencia de una mayor concreción del régimen sancionador y la precisión de los términos y el alcance de las garantías judiciales. Esta última cuestión fue resuelta con la reciente modificación de la Ley de la Jurisdicción contenciosa administrativa.

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Así, el presidente gallego explicó que el nuevo texto recogerá todas las medidas preventivas, medidas de control de enfermos, contactos estrechos o en riesgo y posibles infracciones que pueden ser adoptadas por las autoridades para proteger la salud, incluyendo las limitativas de derechos fundamentales.

Entre las medidas preventivas figuran:

  • Limitaciones de horario de apertura o cierre de establecimientos.
  • Medidas de seguridad e higiene.
  • Deber del uso de mascarilla
  • Deber de suministrar datos a la Administración, especialmente para personas procedentes de otros lugares.
  • Prohibición del consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública («botellón).

En las medidas para el control de enfermos, contactos estrechos o en riesgo se fijan actuaciones como:

  • Aislamiento en el domicilio o internamiento en los hospitales.
  • Sometimiento a un tratamiento adecuado.
  • Cuarentena de los contactos estrechos.
  • Sometimiento a test o cribados.
  • Sometimiento a vacunación, siempre teniendo en cuenta los riesgos.
  • Medidas que limiten la circulación y la movilidad.
  • Confinamientos de zonas.
  • Restricciones a las agrupaciones de personas.

En lo tocante a las infracciones, el documento contará con una completa y exhaustiva enumeración de posibles infracciones, entre las que se incluyen el incumplimiento del uso de la mascarilla, la celebración de fiestas o incumplir el aislamiento o la cuarentena.

De este modo, y según la ley, podrán considerarse infracciones leves, graves o muy graves, con sanciones de hasta 3.000 euros en el caso de las leves; y de 3.001 a 60.000 euros en las graves, que podrán llegar a los 600.000 euros en el caso de las muy graves. Feijóo precisó que la sanción por el uso de la máscara se tipificará en 100 euros, aunque pueda ser superior según las circunstancias de la infracción.

Habrá que esperar a la reforma definitiva para ver cómo queda la nueva normativa.