La Xunta despliega subvenciones para viviendas, explotaciones, el tejido empresarial, ayuntamientos y todos los sectores que han sufrido daños por la oleada del fuego de agosto
Las comarcas arrasadas por los incendios en la provincia de Ourense, como Valdeorras, no están solas en la reconstrucción. La Xunta de Galicia ha dispuesto importantes ayudas para trazar un nuevo futuro que palíe los efectos del fuego, tanto para las personas afectadas como explotaciones agroganaderas, establecimientos empresariales, instalaciones municipales y, en definitiva, para cualquiera que haya registrado pérdidas.
Tramitarlas es tan sencillo como acercarse a una de las 16 oficinas móviles instaladas a tal fin en la provincia de Ourense, entre ellas en O Barco de Valdeorras, Viana do Bolo, A Rúa, Pobra de Trives y Chandrexa de Queixa. Además, se ha habilitado el número de teléfono 012 para aclarar cualquier duda.
El objetivo de la Xunta es agilizar el proceso de reconstrucción, que nadie se quede sin ayuda y que la reconstrucción se desarrolle en el menor tiempo posible.
Ayudas a las viviendas
En el caso de las viviendas, las cantidades se establecen en función de si son el domicilio habitual o segundas residencias. El plazo para solicitar las ayudas está abierto hasta el 28 de noviembre.
En el caso de la vivienda de uso permanente se establecen 132.000€, cantidad que se puede ver incrementada puesto que para renovar el ajuar doméstico se estipulan hasta 16.200 euros.
Si la casa es segunda residencia, la cuantía se fija en 66.000€ con la posibilidad también de recibir hasta 5.400€ para muebles y utensilios domésticos.
Las facilidades son todas. Las personas que hayan perdido su vivienda tienen además la opción de ayudas complementarias para realojamiento mientras se restaura su casa, a través de medidas recogidas en convenios con los ayuntamientos y el Bono de alquiler social. En función de cada caso, se puede obtener hasta el 100% de la renta del alquiler (siempre que no superen los límites fijados por ayuntamientos que rigen en las bases del citado bono) y una aportación extra de 600 euros para sufragar los gastos del alojamiento provisional, del transporte o de la mudanza.
Ayudas para explotaciones agroganaderas y forestales
Las líneas de ayudas destinadas a las explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales de las zonas afectadas por los incendios, caracterizadas por su flexibilidad, se cubre el cien por cien de la inversión con un límite máximo en función del tipo de ayuda que, en algunos casos, puede alcanzar los 200.000 euros por persona.
Se pueden solicitar para la reparación de bienes, maquinaria, equipos o medios de producción de las explotaciones.
Además, es viable sustituir la maquinaria inservible por otra nueva o de segunda mano. La cuantía máxima será de 200.000 euros/persona.
Alimentación del ganado
También hay ayudas para la compra de alimentación complementaria para el ganado en extensivo o las colmenas supervivientes en las zonas afectadas, para un período máximo de 6 meses. La cuantía máxima será de 15.000 euros/persona.
Agricultura y viticultura
Los ganaderos y agricultores que tuviesen pérdidas en la producción o de animales también tienen alternativa. Habrá aportaciones de 12.700€/hectárea para los productores de vino, de 1,22€/kilo para los de castaña, mientras que la indemnización por la pérdida de forraje se calculará en función del estado (sin recoger, pacas o ensilado) y en el resto de productos serán con base a los valores de los precios establecidos en la línea de seguros agrarios.
Muerte del ganado y abejas
Las ayudas para paliar la muerte de ganado y abejas se estimarán según el tipo de especie y la edad del animal. Para el ganado bovino, se establece un máximo de 1.600 euros por animal, mayor o igual a 18 meses y menor de 120.
Ayudas a las infraestructuras forestales
Hay cuatro líneas de ayudas para reparar los daños en las explotaciones forestales. La Xunta financia hasta 15.000€ la reparación de los daños causados la infraestructuras de titularidad privada como pistas forestales, captaciones de aguas, cierres, bebederos o comederos.
Existe un máximo de 50.000€ para la reparación de la maquinaria y equipos forestales dañados en tareas de colaboración en la extinción de los incendios forestales u ocasionados por estos.
En caso de que quedaran inutilizados podrán ser sustituidos por maquinaria nueva o de segunda mano.
Madera quemada
Además, hay ayudas para los gastos de la madera acopiada quemada y de tala, recogida de la madera quemada no comercial o trabajos de cubicación y/o tasación de madera comercial en montes de gestión pública con un máximo de 50.000€ por persona y hasta 100.000€ para plantaciones sustitutorias. El plazo de solicitud será de un mes.
Ayudas directas al sector empresarial
El sector empresarial también cuenta con una línea de ayudas directas para hacer frente a los daños de los incendios. El importe total se efectuará una vez que sean resueltas las solicitudes presentadas atendiendo al carácter extraordinario de éstas y a su naturaleza de concesión directa y no competitiva.
Las subvenciones permitirán cubrir hasta el 100% de los daños producidos, conforme la valoración recogida en un informe de tasación, con un límite de 600.000 euros por beneficiario.
De manera excepcional, y atendiendo a la gravedad de los daños y a su impacto socioeconómico, la cuantía podrá ampliarse hasta un máximo de 1,5 millones de euros, especialmente cuando esté en riesgo el mantenimiento del empleo.
La convocatoria abarca los daños ocasionados en edificaciones, instalaciones, maquinaria, mercancías o vehículos comerciales e industriales asociados a la actividad.
Compatibilidad con otras ayudas
Las ayudas tienen carácter subsidiario y complementario, por lo que son compatibles con otras indemnizaciones públicas o privadas, siempre que la suma total no supere el 100% de los daños. En este caso, los beneficiarios deben comprometerse a mantener la actividad afectada durante al menos un año a partir de la concesión de la ayuda, plazo que se extenderá a tres años en el caso de recibir una aportación superior a los 600.000 euros.
Sector turístico
La Xunta ya inició además una serie de reuniones con los establecimientos turísticos afectados por cancelaciones o pérdida de productos para evaluar los daños y convocar una línea de ayudas específica para apoyar al sector, además de programar campañas para potenciar cada destino afectado por los incendios.
Ayudas para recuperar los bienes de titularidad municipal
Los Concellos disponen de ayudas para afrontar los gastos derivados derivados de las actuaciones realizadas a consecuencia de los incendios, así como por los daños ocasionados en bienes de titularidad municipal.
Las aportaciones se determinarán a través de convenios de colaboración con los ayuntamientos para colaborar en los gastos de obras de reparación, mantenimiento o reposición de las infraestructuras o bienes municipales afectados por los incendios, así como de adquisición de material para la reposición de los servicios afectados.
Estas ayudas también cubren los costes de limpieza y restauración ambiental o de alquiler, combustible y reparación de maquinaria y vehículos.
Además, se financiarán los gastos de traslado, alojamiento y mantenimiento de la población evacuada o del personal, tanto propio como de los efectivos del operativo de extinción, que el ayuntamiento tuviera que asumir.
Ayudas a los gastos en la colaboración de la extinción
Como novedad, respeto a la orden de ayudas publicada en 2022 por el mismo motivo, se incluyen entre las actuaciones subvencionables el resarcimiento de los gastos en que incurrieran los vecinos por su colaboración en la extinción.
Reposición de infraestructuras de uso público en espacios naturales
Los titulares de infraestructuras de uso público afectadas por el fuego en la Red gallega de espacios protegidos y las Reservas de biosfera cuentan con ayudas económicas para cubrir hasta el 100% de los costes de restauración, con un importe máximo de 20.000 euros por proyecto en caso de que la titularidad sea de un monte vecinal en mano común y de 40.000 euros si el beneficiario es un ayuntamiento.
Se subvenciona la reposición o reparación de elementos estructurales de sendas y rutas señalizadas como señales, miradores, barandillas de madera y tramos de pasarelas del mismo material; de distintas infraestructuras e instalaciones de interpretación del medio natural, como carteles y otros, y de elementos de áreas recreativas localizadas en espacios protegidos.
Ayudas para los Tecores
Hay una segunda orden de ayudas para compensar a los titulares de terrenos cinegéticamente ordenados (tecores) afectados por los incendios forestales.
Se cubrirán gastos de siembra de cereales (hasta 650 euros por hectárea, con un límite máximo por entidad de 30.000 euros), que sirven de alimento a la fauna silvestre y contribuyen a restaurar tanto los hábitats cinegéticos como los suelos afectados, y también actuaciones de recuperación, reparación y reposición de infraestructuras o instalaciones (refugios, fuentes, bebederos y comederos para animales, cercas, etc.) destruidas o dañadas por el fuego, con un importe máximo de 12.000 euros por solicitante.
Los beneficiarios podrán solicitar el anticipo del 100% de la ayuda concedida sin necesidad de prestar garantía (es decir, sin tener que formalizar un aval o fianza), una medida excepcional que se adopta en este caso para facilitar y agilizar el acceso de los afectados a los fondos movilizados por la Xunta. El plazo es hasta el 30 de octubre de 2026.
Ayudas por daños personales
Al mismo tiempo, existen ayudas para cobertura de daños físicos a personas. En el caso de fallecimiento o incapacidad permanente absoluta, la cuantía es de 87.500 € y en el caso de lesiones que motiven el ingreso hospitalario de la persona herida, la ayuda recibida será de 120 € por día de hospitalización. El plazo de solicitud será de un mes que contará desde el día del fallecimiento, de la declaración de la incapacidad permanente absoluta o del alta hospitalaria
Facilidades para cumplir con los deberes tributarios
La Xunta facilita el cumplimiento de los deberes tributarios a las personas con domicilio fiscal en los ayuntamientos afectados por los incendios forestales, o que, sin tener domicilio fiscal en los ayuntamientos afectados, tuviesen un establecimiento comercial, industrial, turístico o mercantil o explotaciones forestales, agrícolas o ganaderas radicadas en ellos.
Se ampliarán los plazos que no habían vencido al inicio de los incendios para la presentación y el ingreso de declaraciones, autoliquidaciones y documentación complementaria de los impuestos aplicados por la Atriga (sucesiones, donaciones, transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, compraventa de vehículos y los impuestos propios) y para solicitar la prórroga para la presentación de la autoliquidación del impuesto de sucesiones.
Canon del agua y depuradoras
Además, aliviará las cargas fiscales, aprobando medidas en una ley que se aplicará de manera retroactiva, como eximir la carga impositiva del agua utilizada a consecuencia de los incendios (canon del agua y canon de gestión de depuradoras) o las tasas asociadas a las tramitaciones autonómicas que deban realizarse a consecuencia de los incendios, derivados de la pérdida de vehículos o de la vivienda.












