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martes, septiembre 29, 2026
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Una sentencia del TSXG condena a Ambulancias Sil a pagar dietas y horas extra en las guardias de 24 horas

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FS-TES, que realizó la demanda, valora esta resolución destacando la importancia de la misma para el sector del transporte sanitario

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reconocido el derecho de tres técnicos de emergencias sanitarias de Ambulancias Sil S.L. a percibir las dietas previstas en el convenio colectivo durante las guardias de 24 horas.

La resolución, tras la demanda interpuesta por FS-TES y el posterior recurso de la empresa, confirma que un acuerdo verbal no puede suprimir ni limitar derechos económicos establecidos en el convenio colectivo.

El Tribunal establece que las personas trabajadoras tienen derecho a las dietas cuando, por necesidades del servicio, no pueden realizar las comidas en su domicilio.

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Asimismo, el TSXG confirma que la empresa incumplió su obligación de disponer de un registro horario completo, por lo que las horas de las guardias deben computarse como trabajo efectivo a efectos del cálculo de las horas extraordinarias.

Como consecuencia, Ambulancias Sil S.L. deberá abonar las cuantías actualizadas correspondientes a dietas y horas extraordinarias, además de las costas del recurso.

Desde FS-TES se destaca la importancia de esta resolución para el sector del transporte sanitario de Galicia, al reforzar la obligación de cumplir el convenio colectivo y garantizar los derechos económicos de los trabajadores.

La sentencia supone, asimismo, un precedente relevante sobre las dietas, el registro de jornada y la compensación del tiempo de trabajo efectivo.

Los trabajadores se muestran satisfechos con lo que recoge esta sentencia y sostienen «que una empresa adjudicataria de una administración pública incumpla convenios es algo intolerable» y que «defender nuestros derechos es defender también los de los pacientes».