El Entroido regresa con mascarilla: Así es el protocolo

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El ocio nocturno también vuelve hasta las 5,00 de la madrugada

El conselleiro de Sanidade, Julio García Comesaña, informó hoy de las decisiones acordadas por el Comité clínico entre las que destaca la supresión de la limitación de juntarse en la vía pública con personas no convivientes durante la madrugada. Además, dio cuenta del protocolo anticovid que se seguirá durante el Entroido.

El anuncio se produce después de que la Comunidad gallega registrase varias jornadas de mejora en sus datos epidemiológicos, encontrándose en la actualidad en una “situación de estabilidad”, tal y como destacó Comesaña.

En este sentido, la incidencia acumulada en Galicia se sitúa ahora en 1.327 casos por cada 100.000 habitantes, y es de 3.007 casos en su cómputo a 14 días. La razón de tasas se sitúa en el 0,8%; y el porcentaje de positividad disminuyó hasta el 21,5%, siendo la menor de todo el territorio español.

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Tras evaluar los datos epidemiológicos de la comunidad, el grupo de expertos que asesora a la Xunta de Galicia en la gestión de la pandemia acordó también recuperar los horarios de apertura en la hostelería y en la restauración. Así, se amplían estos horarios hasta la 01,00 de la madrugada —entre las jornadas del domingo y el jueves—, y hasta la 01,30 h durante los días del fin de semana.

Del mismo modo, desde el próximo sábado 29 de enero, en que entrarán en vigor las nuevas medidas, las mesas emplazadas en el exterior de estos locales podrán tener una ocupación máxima de 15 personas, manteniéndose el límite de 8 personas en las mesas interiores. Asimismo, volverá a estar permitido el consumo en barras y la realización de cócteles de pie.

En cuanto a los locales de ocio nocturno, su horario de apertura se ampliará hasta las 04,30 horas de la madrugada durante los días de la semana, y hasta las 05,00 horas en los días del fin de semana.

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En estos ámbitos, y de ser ratificado por el TSXG, durante al menos 15 días más seguirá siendo obligatorio exhibir los certificados covid para acceder a los locales de hostelería, restauración y ocio nocturno durante la totalidad de su horario de apertura.

Otra decisión destacada en la desescalada de las medidas acordados por el comité clínico, es la posibilidad de volver a celebrar conciertos y espectáculos de pie.

El conjunto de estas medidas entrarán en vigor a las 00,00 horas del próximo sábado, 29 de enero.

Protocolo del Entroido

El Comité clínico también acaba de aprobar el protocolo para disfrutar de la festividad del Entroido de una manera segura, y así minimizar el riesgo de transmisión del coronavirus.

En este sentido, los Ayuntamientos deberán adoptar todas las medidas precisas para garantizar el uso correcto de los espacios en los que se desarrollen los desfiles, exhibiciones musicales y bailes itinerantes.

Así, se deberá respetar la distancia de seguridad entre personas y el empleo de la mascarilla en todo momento, —tanto para los participantes cómo para el público—. Además estará prohibido fumar, incluidos cigarrillos electrónicos, en el espacio público.

Las condiciones del deber de presentar los certificados covid-19 seguirán la normativa que esté vigente en el momento de la celebración del Entroido.

El protocolo recoge:

Celebración de desfiles, exhibición de música o bailes itinerantes en espacios abiertos y con acompañamiento de público en la vía pública

  • La utilización de la vía pública para la celebración de desfiles o exhibiciones de música o baile deberá desarrollarse en las condiciones que deberá determinar la autoridad municipal correspondiente. En estos casos, con carácter previo a la celebración, se delimitará el espacio o el itinerario con el fin de procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal entre los participantes entre sí y con el público asistente.
  • El uso de la mascarilla será obligatorio para los participantes y para el público asistente.
  • Cada ayuntamiento debe velar por el cumplimiento de las medidas de seguridad, higiene y distancia interpersonal vigentes, así como de autorización de utilización de espacios públicos, de ser el caso.

Celebración de espectáculos musicales o artísticos de carácter estático al aire libre:

En caso de que se organicen espectáculos musicales al aire libre, fuera de recintos cerrados específicamente habilitados al efecto, las medidas generales aplicables serán las siguientes:

  • Deberán realizarse en espacios acotados, sectorizados, perfectamente delimitados y cerrados, a los cuales únicamente se pueda acceder por los accesos autorizados.
  • Los espectáculos musicales/artísticos al aire libre podrán desarrollarse con el 100 % de la ocupación máxima permitida.
  • En la zona de público no están permitidas las carpas con lonas laterales que impidan la ventilación natural.
  • Podrá contemplarse el servicio de comida y bebidas se se realiza en espacios habilitados para cada sector (que cumplirán las normas de hostelería y restauración). Los organizadores tomará precauciones para evitar aglomeraciones.
  • No está permitido fumar, consumir otros productos ni consumir cigarros electrónicos en el área de público.

Celebración de actividades en teatros, auditorios o espacios similares

Las actividades en teatros, auditorios y espacios similares y en establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas podrán desarrollarse con el 100 por cien de la capacidad máxima permitida y el público deberá permanecer sentado.

Deberá realizarse una ventilación al menos 30 minutos antes de que empiece y finalice y, obligatoriamente, al final.